Los Sistemas de Retiro Gubernamentales ante el reto de la crisis económica y fiscal del Gobierno de Puerto Rico
(Nota: Escrito realizado originalmente en 2014 y publicado en la sección de "Notes" en mi página de facebook https://www.facebook.com/notes/10160334536408712/)
En los últimos años el tema de la crisis de los sistemas de retiro gubernamentales han sido objeto de decenas, sino cientos, de reportajes, artículos periodísticos, reseñas, análisis, debates, estudios, etc. Y es que habiendo un déficit actuarial por parte de los principales sistemas de retiro bajo el amparo del gobierno central que sobre pasa los 35 mil millones de dólares es un asunto que no ha de pasar desapercibido muy fácilmente. La manera en la que el gobierno actual ha lidiado en su intento por realizar unas reformas profundas a estos sistemas de retiro ha sentado la pauta del nuevo paradigma en la política pública sobre el rol de los Sistemas de Retiro gubernamentales.
Es importante que el lector, como ciudadano, tenga algunos conocimientos básicos que le ayude a entender de qué se trata todo este asunto; ya que créalo o no, todos los puertorriqueños, directa o indirectamente, nos estamos viendo seriamente impactados por el mismo. Porque al fin y al cabo el dinero que destina el gobierno para solventar el sistema de retiro sale del fondo general (dinero que llega principalmente por las contribuciones de los individuos y corporaciones, arbitrios, juegos al azar, entre otras fuentes), lo que repercute en al menos dos importantes variables que afectan directamente a la ciudadanía: 1. los aumentos contributivos, y 2. recortes en servicios públicos esenciales. Dado que es un asunto que apela a nomenclatura puramente contable y financiera, el pueblo, tiende a ser renuente a interesarse por el mismo. Unas personas quizás porque ignoran que este asunto tenga un real efecto en su vida personal; mientras que otras simplemente, aunque estén conscientes de ello, y aunque de buena fe quieran interesarse, no cuentan con la capacidad y los medios para entenderlo. Es por ello que por medio de este artículo me aventuraré a realizar una aportación que en alguna medida logre reducir un poco esa brecha de conocimiento que pueda tener el lector sobre el estado de situación de los sistemas de retiro gubernamentales.
Ya en un artículo anterior en esta revista intenté explicar a grandes rasgos las diferencias fundamentales entre los sistemas de retiro de modalidad “Beneficios definidos” vis a vis los de la modalidad de “Contribuciones definidas”. En aquel momento expliqué que una diferencia fundamental entre el primero y el segundo se trata de quien tiene la responsabilidad fiduciaria del fondo que finalmente será el que pagará las pensiones en su día. En el caso del primero se trata del patrono y en el caso del segundo del propio empleado. Otra diferencia fundamental es que el primero paga la pensión a base de un cálculo que toma en cuenta un por ciento del promedio de los salarios más altos que ha devengado el empleado en los últimos años al momento de pensionarse, y ese pago se mantiene vitalicio hasta que el pensionado muera, pero por el otro lado, en el segundo caso (contribuciones definidas) el pago que se determine pagar al pensionado durará hasta que el fondo se acabe aunque el pensionado aún viva; por lo que la base de la subsistencia y perpetuidad de este tipo de fondo de pensión de contribución definida está atada a si la persona aportó mucho y si el fondo tuvo buenos rendimientos.
Estando claros en cuanto a la distinción de ambos sistemas de pensiones estaremos listos para entender, entre otras cosas, el hecho de que los sistemas de retiro del gobierno de Puerto Rico son principalmente de la modalidad de beneficios definidos, y que el gobierno consolidado de Puerto Rico posee cinco sistemas de retiro a saber: Sistema de Retiro Central de Empleados del Gobierno de PR y sus Instrumentalidades, Sistema de Retiro de Maestros, Sistema de Retiro de la Judicatura, Sistema de Retiro de la Autoridad de Energía Eléctrica y Sistema de Retiro de la Universidad de Puerto Rico. El Sistema de Retiro más abarcador de todos es el Sistema Central de Empleados del Gobierno de PR, que cubre a casi todos los empleados del gobierno central, corporaciones públicas y los municipios; quien posee más de 250 mil participantes entre empleados activos y pensionados, y maneja una nómina anual de pensionados de sobre más de 1.7 billones de dólares.
El sistema de retiro del gobierno central ha sido uno que ha sufrido una serie de intentos de reforma o leyes especiales para modificar algunos de sus beneficios y responsabilidades como ningún otro desde que comenzó su operación en el año 1951. Una de las mayores reformas estructurales que sufrió este sistema en tiempos recientes ocurrió en el año 1999 con la llamada “Reforma 2000” (Ley 305-1999, según enmendada), que consistió en establecer nuevas reglas de juego en cuanto a los derechos de recibir pensión a los empleados gubernamentales contratados a partir del 1ro de enero de 2000. Para este nuevo grupo le aplicaría un sistema de contribuciones definidas que dependería de las propias contribuciones del empleado y del rendimiento que estas obtuviesen en las inversiones; sin la obligación del patrono de realizar aportación patronal alguna. Por otro lado, a los empleados activos y pensionados antes de esa fecha no se les alteró su estructura de beneficios de retiro. En otras palabras, de este punto en adelante por primera vez este sistema de retiro comenzó a funcionar y servir a dos grupos paralelos, por un lado los empleados que ya gozaban del beneficio definido, mientras por el otro el resto de los que entraron a partir de enero 2000 bajo un sistema de contribuciones definidas.
La otra reforma más importante en tiempos recientes sufrida por el mismo se realizó al amparo de la Ley 3 2013-14, la cual en esencia lo que hizo fue implantar un sistema hibrido a los empleados activos cotizantes no acogidos a la Reforma 2000. Esta reforma marcó lo que se conoce en el argot de hoy como: “Sistema de Retiro Hibrido”. O sea, que a los empleados activos antes del año 2000, que gozaban de un plan de beneficios definidos, se le terminaría dicho beneficio a la fecha del 30 de junio de 2013 (entiéndase que se elimina la continuidad del beneficio definido a partir de esa fecha). Sin embargo a partir del 1ro de julio de 2013 sus aportaciones funcionarían como un sistema de contribuciones definidas similar a como funciona para los empleados que ya estaban acogidos al plan de la Reforma 2000, tal como explicamos en el párrafo anterior. Dicha reforma incluyó además: aumento de aportación individual al 10% de su salario y aumento escalonado en la edad de jubilación para poder obtener el máximo del beneficio, entre otros aspectos. Así que, en resumidas cuentas, el sistema de retiro del gobierno central de Puerto Rico es uno en el que coexisten dos tipos de empleados activos cotizantes: por un lado los empleados que entraron bajo la Reforma 2000, y por el otro los empleados de mayor antigüedad a quienes se le cambió la realidad de un plan de beneficios definidos a un plan de pensión hibrido.
Según la exposición de motivos de la Ley 3 de abril de 2013: “… el Sistema de Retiro de Empleados del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico confronta una deficiencia de recursos que amenaza con agravar catastróficamente la crisis económica que vive el país”. La información que se desprende de la última valuación actuarial del Sistema de Retiro Central al 30 de junio de 2013 indica que el déficit actuarial solamente de este sistema rondaba en los casi $25 mil millones para el año 2013. Por otro lado, el estado financiero auditado de este sistema de retiro para el mismo año indica que la cantidad de activos con que contaba este sistema ascendía a alrededor de solamente 4 mil millones de dólares, y un déficit de caja anual de sobre 500 millones de dólares. Para poder resolver tanto el problema de déficit de caja, como el de reducir el déficit actuarial (que es casi 7 veces la cantidad en activos) hasta llevarlo a niveles aceptables, el gobierno de Puerto Rico necesitaría inyectarle al mismo no menos 2 mil millones de dólares cada año por los próximos 10 a 15 años. Esa cantidad de dinero representa una tercera parte de los recaudos del erario público. He aquí por qué este es un asunto que nos concierne a todos los ciudadanos bajo este sistema de gobierno.

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